México D.F., a 29 de Marzo de 2016
Acuerdo que modifica al diverso por el que se da a conocer el mecanismo de asignación para importar frijol bajo arancel-cupo.
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
La Secretaría de Economía, dio a conocer el Acuerdo citado al rubro, el cual entrará en vigor el día siguiente al de su publicación, como se detalla a continuación:
Tipo de Producto:
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Frijol
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Fracciones Arancelarias
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0713.33.02, 0713.33.03, 0713.33.99
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Periodo de vigencia:
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15 de agosto al 30 de noviembre de cada año
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Monto que se adiciona:
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El monto adicional para 2016 será de 50,000 toneladas métricas (TM). Únicamente para 2016 el cupo será de 150,000 TM a distribuir en el periodo del 01/04/2016 al 30/11/2016. (Antes eran 100,000TM) |
Antecedente:
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27/06/2008 Acuerdo por el que se da a conocer el mecanismo de asignación para importar frijol bajo arancel-cupo. |
Se establece que el monto máximo a asignar por beneficiario, por periodo, será de 25,000 TM. Únicamente para el periodo correspondiente a 2016 el monto máximo a asignar por beneficiario será de 12,500 TM.
Se deberá usar el formato SE-FO-03-033 “Asignación directa de cupo de importación y exportación”, para la solicitud de asignación de cupo. La autoridad dará respuesta, en un periodo de 2 días hábiles.
Las asignaciones y los certificados de cupo, tendrán vigencia a partir de la fecha de su expedición y hasta el 30 de noviembre de cada año. Únicamente para el 2016 la vigencia de los certificados de cupo será de 45 días naturales contados a partir de la fecha de su expedición o al 30 de noviembre, lo que ocurra primero, y serán improrrogables.
Los formatos de solicitud, estarán disponibles en la página electrónica: www.gob.mx (Previamente era en la página de COFEMER)
Cualquier duda al respecto, favor de remitirla a la Dirección Operativa.
El presente Acuerdo se encuentra en la Base de Datos CAAAREM para su consulta.
LIC. RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA