Acuerdo por el que se otorga patente de agente aduanal a Leoncio Fernández Gil, para ejercer funciones en aduana de Aeropuerto Cd. México

DOF: 18/02/2016

ACUERDO mediante el cual se otorga la patente de agente aduanal número 1714 al ciudadano Leoncio Fernández Gil, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, como aduana de adscripción, en virtuddel retiro voluntario del agente aduanal Leoncio Enrique Fernández Hinojosa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Aduanas.- Administración Central de Normatividad Aduanera.

Descargar PDF

Acuerdo 800-02-00-00-00-2015- 0658
Vistos los escritos recibidos en esta Administración, mediante los cuales el C. LEONCIO FERNANDEZ GIL, solicitó se le otorgara patente de Agente Aduanal, en virtud del retiro voluntario del Agente Aduanal LEONCIO ENRIQUE FERNANDEZ HINOJOSA, titular de la patente número 0646, con adscripción en la aduana del AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, y autorización 3291, para actuar en las aduanas de MEXICO, NUEVO LAREDO Y TOLUCA; y considerando que el C. LEONCIO FERNANDEZ GIL, ha cumplido con lo establecido en el Décimo segundo de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015, y que mediante acuerdo emitido por esta Administración, se autorizó el retiro voluntario de manera definitiva e irrevocable del Agente Aduanal LEONCIO ENRIQUE FERNANDEZ HINOJOSA a su patente; elAdministrador Central de Normatividad Aduanera, con fundamento en los artículos 2, párrafo primero, Apartado B, fracción I,inciso b); 9, penúltimo párrafo; 10; 11, fracción IV, y segundo, tercero y cuarto párrafo, numeral 2, en relación con el artículo 12,Apartado B del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria; y 144, fracciones XXI y XXXV de la Ley Aduanera,ACUERDA: PRIMERO.- Otorgar la patente de Agente Aduanal número 1714 al C. LEONCIO FERNANDEZ GIL, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana del AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario del Agente Aduanal LEONCIO ENRIQUE FERNANDEZ HINOJOSA, por lo cual, a partir de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, será inactivada la patente 0646, así como la autorización 3291, que habían sido asignadas al citado Agente Aduanal. SEGUNDO.- Se toma conocimiento de que el C. LEONCIO FERNANDEZ GIL, va a actuar en las aduanas del MEXICO, NUEVO LAREDO Y TOLUCA, como aduanas adicionales a la de su adscripción, mismas que tenía autorizadas el agente aduanal del que obtiene la patente, debiendo utilizar el número de patente 1714 en el llenado de cada uno de los pedimentos que formule en las aduanas en las que actúe. TERCERO.- Notifíqueseel presente acuerdo mediante oficio a los CC. LEONCIO FERNANDEZ GIL y LEONCIO ENRIQUE FERNANDEZ HINOJOSA,anexando un ejemplar con firma autógrafa del mismo. CUARTO.- Gírense oficios a los administradores de las aduanas del AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, MEXICO, NUEVO LAREDO Y TOLUCA, remitiéndoles copia simple del presente acuerdo.
Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, por una sola vez a costa del C. LEONCIO FERNANDEZ GIL, y surta efectos de notificación.
Atentamente
México, D.F., a 24 de noviembre de 2015.- El Administrador Central de Normatividad Aduanera, Marcoflavio Rigada Soto.- Rúbrica.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *