Acuerdo por el que se da a conocer el cupo y mecanismo de asignación para importar juguetes y productos para bebé

0.B8
G-0021/2016
México D.F., a 15 de Enero de 2016

Acuerdo que modifica al diverso por el que se da a conocer el cupo y mecanismo de asignación para importar juguetes y productos para bebé.
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

Descargar PDF


La Secretaría de Economía, dio a conocer el Acuerdo citado al rubro, el cual entrará en vigor al día siguiente al de su publicación.

Con esta publicación se modifica el Acuerdo similar publicado el 23/03/2015, en lo siguiente: 

Punto Segundo

  • Inciso b), fracción II del 
    Se reforma este inciso para establecer respecto de la obligación que tiene la empresa productora de contar con registro PROSEC vigente para la fabricación de juguetes y productos para bebé, que en su caso se autorizará cuando el productor indirecto cuente con dicho registro PROSEC.

Lo anterior en consideración a que existen empresas productoras de juguetes y de productos para bebé que han optado por producir en México a través de plantas propias o mediante contratos de producción o manufactura con productores indirectos, y por ende no cuentan con un Programa de Promoción Sectorial (PROSEC) propio; sin embargo, el fabricante que les manufactura sí cuenta con dicho Programa y es posible distinguir la producción que realizan en el país por encargo de las empresas mencionadas.

  • Primer párrafo de la fracción V “Productor indirecto”
    Se modifica para precisar que el contrato celebrado entre la empresa productora y el productor indirecto puede ser de manufactura, así como para establecer que la producción o manufactura de juguetes que haga el productor indirecto es para ser comercializados a nivel nacional o internacional.

Fracciones arancelarias que se adicionan 

Se adicionan las siguientes fracciones arancelarias para aplicar el cupo para importar exento de arancel juguetes y productos para bebé, en el orden que les corresponda según su numeración, a la tabla del punto Primero del Acuerdo del 23/03/2015, para quedar como a continuación se indica:
Primero.- 

Fracción arancelaria
Descripción
Monto
9503.00.15
Instrumentos y aparatos, de música, de juguete.
9503.00.16
Rompecabezas de papel o cartón.
..

Este Acuerdo ya se encuentra en la base de datos CAAAREM, para su consulta.

ATENTAMENTE
LIC. RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *