¿Qué es una remesa de exportación?
El termino remesa es habitual para cualquier empresa nacional. Si bien se habla de remesa en muchos sentidos, como por ejemplo las remesas de transferencias o de recibos domiciliados, es un término que solemos asociar con las remesas de efectos comerciales, de papel comercial, en definitiva al descuento comercial. En esencia, las remesas de exportación (o de export) son lo mismo.
La remesa de exportación es el servicio de cobro que un banco presta a su cliente, vendedor en una operación internacional, encargándose de gestionar el cobro de unos documentos, a cuenta del importador.
Nos encontramos con que intervienen en principio los siguientes sujetos en una remesa de exportación:
- El exportador, vendedor, o cedente, que inicia la remesa entregando los documentos para su gestión.
- El Banco remitente, banco al que el cedente entrega los documentos para su gestión.
- El Banco presentador, el banco del país del importador que se encarga de gestionar ante éste dichos dichos documentos.
- El comprador, importador o librado.
El mecanismo, con determinadas salvedades, es el mismo a cuando encargamos a un banco nacional la gestión de cobro de un efecto. De hecho, al igual que ocurre con la clásica letra girada sobre territorio nacional, las remesas de exportación también pueden ser financiadas, realizándose al descuento, como cualquier otro tipo de papel comercial.
Clases de remesas de exportación
En función de los tipos de documentos que se entregan para su gestión se distinguen dos tipos de remesas de exportación:
Las remesas simples, aquellas que están compuestas únicamente por documentos financieros: recibos, letras, pagarés, etc.
Las remesas documentarias, aquellas a las que se añaden además documentos de carácter comercial: facturas, conocimientos de embarque, pólizas de seguros, etc. En general se trata de documentación necesaria para que el importador pueda despachar la mercancía.
En función del tipo de instrucción que se da al banco, hay otras dos clases de remesas:
Las remesas en gestión de cobro, aquellas en las que la misión del banco es estrictamente cobrar la cantidad indicada. Si son remesas simples, contra la mera presentación. Si son documentarías, no se entregará dicha documentación al importador hasta que el pago se haga efectivo.
Las remesas a plazo o contra aceptación, en las que se trata de conseguir que el importador acepte, reconozca la deuda. Aquí, si son documentarías, el requisito para entregar la documentación es éste y no el pago. Una vez aceptado, el efecto puede ser devuelto para posteriormente, a vencimiento, girar una remesa simple, o bien optar por que el banco presentador lo conserve hasta su vencimiento, encargándose de su cobro entonces.
Cabría hablar de una tercera clase, una subespecie de las remesas contra aceptación, y es en las que, además, se solicita que se recoja un aval bancario garantizando el pago de la deuda. Sin embargo, en la práctica, éstas suelen ser escasas, ya que de desearse esto se suele optar directamente por el crédito documentario.
Hemos de tener en cuenta que cuando hablamos de remesas simples y sin aceptación, cabe la posibilidad de tramitarlas a través de sistemas electrónicos, equivalentes a nuestros cuadernos 58, 32, etc. cada país atiene su propio sistema. A continuación los más relevantes:
- Francia, sistema LCR.
- Italia, sistema RIBA.
- Alemania, sistema Direct Debit o Lastschrift.
- Portugal, sistema CARE.
Ventajas e inconvenientes de la remesa de exportación
El exportador es el que inicia el procedimiento, si confía en el importador optará por la remesa simple. Pero si no es así lo hará por la documentaría, teniendo la certeza de que tiene el control de la mercancía hasta que se cumplan las instrucciones que ha marcado (cobro, aceptación, entrega de avales, etc…).
La remesa de exportación aplazada no garantiza por si misma el cobro, a diferencia del del crédito documentario, salvo que se complemente con la entrega de un aval bancario.
Incluso existen riesgos con la remesa al cobro. Es posible que enviemos la mercancía, y al no cumplirse las condiciones, debamos optar por que nos la vuelvan a entregar, con los gastos que ello supone, o venderla a un tercero en el país de destino, que muy probablemente nos ofertará precio a la baja.
Al tratarse de un crédito comercial, al financiar una venta, será más fácil que el exportador obtenga crédito bancario sobre el mismo, al estar respaldado, inicialmente, por un cobro futuro.
El importador evita el tener que abrir una linea de crédito documentaria, con el coste que ello supone, además del consumo de riesgo que implica. Sin embargo, asume un riesgo claro y es que no le van a dejar examinar la mercancía con anterioridad a que cumpla las condiciones de la remesa.
Por ello es muy importante que determine claramente que tipo de documentación debe ser la que le han de entregar para minimizar estos riesgos (por ejemplo, formularios sanitarios).
Fuente: El Diario del Exportador