DOF: 11/12/2017
ACUERDO mediante el cual se otorga patente de agente aduanal número 1765 a la ciudadana María Dolores Molina Patrón, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de Progreso, como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario del agenteaduanal José Rafael Molina Fitzmaurice.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Aduanas.- Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas.
Acuerdo 800-02-00-00-00-2017-679
Visto el escrito recibido en esta Administración, mediante el cual la C. MARÍA DOLORES MOLINA PATRÓN, solicitó se le otorgara patente de Agente Aduanal, en virtud del retiro voluntario del Agente Aduanal JOSÉ RAFAEL MOLINA FITZMAURICE, titular de la patente número 1512 con adscripción en la aduana de PROGRESO, y autorización número 3852, para actuar en las aduanas de CANCÚN, CIUDAD HIDALGO y SUBTENIENTE LÓPEZ; y considerando que la C. MARÍA DOLORES MOLINA PATRÓN, ha cumplido con lo que establecía el entonces resolutivo Décimo segundo, actualmente Décimo primero de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017, y que mediante acuerdo emitido por esta Administración, se autorizó el retirovoluntario de manera definitiva e irrevocable del Agente Aduanal JOSÉ RAFAEL MOLINA FITZMAURICE a su patente; el Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas, con fundamento en los artículos 2, párrafo primero, apartado B, fracción II, inciso b) y párrafo segundo; 5, primer párrafo; 11, 12, fracción II; relacionado con el 13, fracciones I y II; 19, fracciones XIX, XXIV, XXV, segundo y tercer párrafo, numeral 2; en relación con el artículo 20, apartado B, fracción I del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria; y 144, fracciones XXI y XXXV de la Ley Aduanera, ACUERDA: PRIMERO.- Otorgar la patente deAgente Aduanal número 1765 a la C. MARÍA DOLORES MOLINA PATRÓN, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de PROGRESO, como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario del Agente Aduanal JOSÉ RAFAEL MOLINA FITZMAURICE, por lo cual, a partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, será inactivada la patente 1512, así como la autorización 3852, que habían sido asignadas al citado Agente Aduanal. SEGUNDO.- Se toma conocimiento de que la C. MARÍA DOLORES MOLINA PATRÓN, va a actuar en las aduanas de CANCÚN, CIUDAD HIDALGO y SUBTENIENTE LÓPEZ, como aduanas adicionales a la de su adscripción, mismas que tenía autorizadas el agente aduanal del que obtiene la patente, debiendo utilizar el número de patente 1765 en el llenado de cada uno de los pedimentos que formule en las aduanas en las que actúe. TERCERO.- Notifíquese el presente acuerdo mediante oficio a los CC. MARÍA DOLORES MOLINA PATRÓN y JOSÉ RAFAEL MOLINA FITZMAURICE, anexando un ejemplar con firma autógrafa del mismo. CUARTO.- Gírense oficios a los administradores de las aduanas de PROGRESO, CANCÚN, CIUDAD HIDALGO ySUBTENIENTE LÓPEZ, remitiéndoles copia simple del presente acuerdo.
Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, por una sola vez a costa de la C. MARÍA DOLORES MOLINA PATRÓN, y surta efectos de notificación al día siguiente de su publicación.
Atentamente
Ciudad de México, 9 de noviembre de 2017.- El Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas, Alfredo Abraham Torio.- Rúbrica.