Se otorga Patente de Agente Aduanal 1706 al C. Gabriel Ruiz Garrido ante la aduana de Veracruz

DOF: 07/08/2015

ACUERDO mediante el cual se otorga la patente de agente aduanal número 1706 al ciudadano Gabriel Ruiz Garrido, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de Veracruz, como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario de la agente aduanalCelia del Pilar Garrido Vargas.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Aduanas.- Administración Central de Normatividad Aduanera.

Acuerdo 800-02-00-00-00-2015- 362
Visto el escrito recibido en esta Administración, mediante el cual el C. GABRIEL RUIZ GARRIDO, solicitó se le otorgara patente de Agente Aduanal, en virtud del retiro voluntario de la Agente Aduanal CELIA DEL PILAR GARRIDO VARGAS, titular de la patente número 1497, con adscripción en la aduana de VERACRUZ, y autorización 3808, para actuar en las aduanas delAEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, COATZACOALCOS Y DOS BOCAS; y considerando que el C. GABRIEL RUIZ GARRIDO, ha cumplido con lo establecido en el Décimo Segundo resolutivo de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015, y que mediante acuerdo emitido por esta Administración, se autorizó el retiro voluntario de maneradefinitiva e irrevocable de la Agente Aduanal CELIA DEL PILAR GARRIDO VARGAS a su patente; el Administrador Central de Normatividad Aduanera, con fundamento en los artículos 2, párrafo primero, Apartado B, fracción I, inciso b); 9, penúltimo párrafo;10; 11, fracción IV, y segundo, tercero y cuarto párrafo, numeral 2, en relación con el artículo 12, Apartado B del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria; y 144, fracciones XXI y XXXV de la Ley Aduanera, ACUERDA: PRIMERO.- Otorgar la patente de Agente Aduanal número 1706 al C. GABRIEL RUIZ GARRIDO, para ejercer funciones con tal carácter antela aduana de VERACRUZ, como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario de la Agente Aduanal CELIA DEL PILAR GARRIDO VARGAS, por lo cual, a partir de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, seráinactivada la patente 1497, así como la autorización 3808, que habían sido asignadas a la citada Agente Aduanal. SEGUNDO.- Se toma conocimiento de que el C. GABRIEL RUIZ GARRIDO, va a actuar en las aduanas del AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, COATZACOALCOS Y DOS BOCAS, como aduanas adicionales a la de su adscripción, mismas que tenía autorizadas la agente aduanal de la que obtiene la patente, debiendo utilizar el número de patente 1706 en el llenado de cada uno de los pedimentos que formule en las aduanas en las que actúe. TERCERO.- Notifíquese el presente acuerdo mediante oficio a los CC. GABRIEL RUIZ GARRIDO y CELIA DEL PILAR GARRIDO VARGAS, anexando un ejemplar con firma autógrafa del mismo. CUARTO.- Gírense oficios a los administradores de las aduanas de VERACRUZ, AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, COATZACOALCOS Y DOS BOCAS, remitiéndoles copia simple del presente acuerdo.
Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, por una sola vez a costa del C. GABRIEL RUIZ GARRIDO, y surta efectos de notificación.
Atentamente
México, D.F., a 20 de julio de 2015.- El Administrador Central de Normatividad Aduanera, Marcoflavio Rigada Soto.- Rúbrica.

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