Recordatorio: Disposiciones normativas que entran en vigor el 01 de Enero de 2017

0.B8
G-0346/2016
México D.F., a 29 de Diciembre de 2016

Recordatorio: Disposiciones normativas que entran en vigor el 01 de Enero de 2017

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

Se hace un atento recordatorio, respecto a las siguientes disposiciones normativas, cuya fecha de entrada en vigor es a partir del  01 de Enero de 2017.

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A continuación, detallamos dichas disposiciones: 

      • La enajenación o importación definitiva de automóviles cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como de automóviles eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna o con motor accionado por hidrógeno, no se encontrarán sujetos al pago del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (G-0299/2016).

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      • Reducción de plazos que tiene la Secretaria de Energía, para efectos de resolver las solicitudes de Permisos de importación y exportación. (G-0318/2016).

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      • Los contribuyentes que importen o exporten mercancías por medio de tuberías o cables y aquellos ubicados en los supuestos previstos en la regla 3.7.33. de las RGCE para 2016, quedarán relevados de señalar en los CFDI que expidan, el número y la fecha del documento aduanero (G-0336/2016).

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      • Modificación de tasas y cuotas de DTA para 2017 (G-0336/2016).

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      • Se adiciona al Anexo 2 de la resolución que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (G-0341/2016). 

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Cualquier duda o comentario, favor de dirigirse al área operativa de CAAAREM

ATENTAMENTE

RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA