Se otorga patente de agente aduanal al ciudadano Rodrigo Acierno Vázquez, para ejercer funciones ante aduana de Veracruz

DOF: 30/05/2016

ACUERDO mediante el cual se otorga la patente de agente aduanal número 1730 al ciudadano Rodrigo Acierno Vázquez, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de Veracruz, como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario del agente aduanalLorenzo Raúl Acierno Milchorena.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Aduanas.- Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas.

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Acuerdo 800-02-00-00-00-2016 -244

Visto el escrito recibido en esta Administración, mediante el cual el C. RODRIGO ACIERNO VAZQUEZ, solicitó se le otorgara patente de Agente Aduanal, en virtud del retiro voluntario del Agente Aduanal LORENZO RAUL ACIERNO MILCHORENA, titular de la patente número 1002, con adscripción en la aduana de VERACRUZ, y autorización 3322, para actuar en las aduanas delAEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, ALTAMIRA Y NOGALES; y considerando que el C. RODRIGO ACIERNO VAZQUEZ, ha cumplido con lo establecido en el Décimo segundo de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016, y que mediante acuerdo emitido por esta Administración, se autorizó el retiro voluntario de manera definitiva e irrevocable del Agente Aduanal LORENZO RAUL ACIERNO MILCHORENA a su patente; el Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas, con fundamento en los artículos 2, párrafo primero, apartado B, fracción II, inciso b) y párrafo segundo; 5, primer párrafo; 12, fracción II; 13, primer párrafo, fracción II; 19, fracciones XIX, XXIV, XXV y tercer párrafo, numeral 2; en relación con el artículo 20, apartado B, fracción I del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria; y 144, fracciones XXI y XXXVde la Ley Aduanera, ACUERDA: PRIMERO.- Otorgar la patente de Agente Aduanal número 1730 al C. RODRIGO ACIERNO VAZQUEZ, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de VERACRUZ, como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario del Agente Aduanal LORENZO RAUL ACIERNO MILCHORENA, por lo cual, a partir de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, será inactivada la patente 1002, así como la autorización 3322, que habían sido asignadas al citado Agente Aduanal. SEGUNDO.- Se toma conocimiento de que el C. RODRIGO ACIERNO VAZQUEZ, va a actuar en las aduanas del AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, ALTAMIRA Y NOGALES, como aduanas adicionales a la de su adscripción, mismas que tenía autorizadas el agente aduanal del que obtiene la patente, debiendo utilizar el número de patente 1730 en el llenado de cada uno de los pedimentos que formule en las aduanas en las que actúe. TERCERO.- Notifíquese el presente acuerdo mediante oficio a los CC. RODRIGO ACIERNO VAZQUEZ y LORENZO RAUL ACIERNO MILCHORENA, anexando un ejemplar con firma autógrafa del mismo. CUARTO.- Gírense oficios a los administradores de las aduanas de VERACRUZ, AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, ALTAMIRA YNOGALES, remitiéndoles copia simple del presente acuerdo.
Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, por una sola vez a costa del C. RODRIGO ACIERNO VAZQUEZ, y surta efectos de notificación.
Atentamente
Ciudad de México, a 11 de mayo de 2016.- El Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas, Marcoflavio Rigada Soto.- Rúbrica.