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22/04/2016 Se reducen plazos de resolución y prevención para trámites expedidos en las oficinas consulares de México y en la SER

0.B8
G-0115/2016
México D.F., a 22 de Abril de 2016

Acuerdo por el que se reducen los plazos de resolución y prevención para los trámites expedidos en la sede de las oficinas consulares de México y en la Secretaría de Relaciones Exteriores que se enlistan.
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

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Hacemos de su conocimiento que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) publicó en el D.O.F. del 22/04/2016 el Acuerdo citado al rubro, mismo que entrará en vigor al día siguiente de su publicación, a excepción de los trámites de Poderes generales o especiales, como a continuación se detalla:

Plazos para resolución y prevención de trámites. 

Se reducen los plazos máximos de resolución y prevención que tiene la SRE, respecto a diversos trámites que se solicitan en la sede de las Oficinas Consulares de México en el exterior, destacando entre ellos, los siguientes que se relacionan con el comercio exterior:

HOMOCLAVE DE IDENTIFICACIÓN DEL TRÁMITE ANTE LA COFEMER
DENOMINACIÓN DEL TRÁMITE
Plazos en días naturales
PLAZO MÁXIMO DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE
PLAZO MÁXIMO DE PREVENCIÓN DEL TRÁMITE
SRE-01-005
Expedición de certificados de importación de psicotrópicos y estupefacientes.
30 días
Nota: Actualmente el plazo es de 90 días.
10 días

Nota: Actualmente el plazo es de 30 días.

SRE-01-008-A
Expedición de certificado de menaje de casa a mexicanos.
30 días

Nota: Actualmente el plazo es de 90 días.

10 días

Nota: Actualmente el plazo es de 30 días.

SRE-01-008-B
Expedición de certificado de menaje de casa a extranjeros.
30 días

Nota: Actualmente el plazo es de 90 días.

10 días

Nota: Actualmente el plazo es de 30 días.

SRE-01-014
Visado a certificado de origen.
30 días

Nota: Actualmente el plazo es de 90 días.

10 días
Nota: Actualmente el plazo es de 30 días.
SRE-01-028
Visado a certificado de análisis.
30 días

Nota: Actualmente el plazo es de 90 días.

10 días

Nota: Actualmente el plazo es de 30 días.

SRE-01-029
Visado a certificado de libre venta.
30 días

Nota: Actualmente el plazo es de 90 días.

10 días

Nota: Actualmente el plazo es de 30 días.

Tramites pendientes

Los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del Acuerdo, se atenderán conforme a las disposiciones vigentes.

Este Acuerdo se encuentra en la Base de Datos CAAAREM para su consulta.

ATENTAMENTELIC. RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA

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