DOF 04 abril 2025
Oficio 500-05-2025-5869 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, vigente hasta el 24 de julio de 2018, o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento, y una vez resuelto el mismo, el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto
En resumen:
SAT da a conocer contribuyentes que ganaron juicios fiscales por presunción de operaciones inexistentes
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en el Diario Oficial de la Federación del 4 de abril de 2025 el Oficio 500-05-2025-5869, en el cual se informa sobre cinco contribuyentes que interpusieron medios de defensa exitosos contra presunciones de operaciones inexistentes bajo el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (vigente hasta julio de 2018).
¿De qué se trata este artículo 69-B?
Este artículo permite al SAT presumir que un contribuyente emitió comprobantes fiscales sin contar con los recursos materiales o humanos para realizar realmente las operaciones. Sin embargo, los afectados pueden defenderse legalmente y, si ganan, el acto queda sin efecto.
Contribuyentes que lograron nulidades
Estos son los casos destacados de contribuyentes que ganaron sus juicios y quedaron fuera del listado de presuntos simuladores:

¿Qué se les había acusado?
La presunción se basaba en motivos como:
- Ausencia de activos
- Falta de personal
- Sin infraestructura o capacidad material
- Emisión de facturas sin sustento real
Los contribuyentes lograron demostrar que esas acusaciones eran infundadas o que el procedimiento fue incorrecto, logrando así que los tribunales anularan las resoluciones del SAT.
SAT aclara: esto no exime futuras revisiones
Aunque estos contribuyentes obtuvieron resoluciones favorables, el SAT aclara que podrán ser revisados nuevamente por otros comprobantes fiscales emitidos, si se considera necesario.
Conclusión
Este oficio muestra cómo el sistema de justicia fiscal permite a los contribuyentes defenderse ante actos de autoridad presuntamente injustificados. También resalta la importancia de llevar una contabilidad transparente y bien documentada, así como de ejercer el derecho a defenderse legalmente cuando se considere pertinente.
Publicación oficial:
DOF 04 abril 2025
OFICIO 500-05-2025-5869 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, vigente hasta el 24 de julio de 2018, o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento, y una vez resuelto el mismo, el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto.
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