Modalidad A.
Productos Siderúrgicos
Procedimiento para opción de aviso automático en productos siderúrgicos
Los avisos automáticos de importación para productos siderúrgicos son necesarios para importar productos clasificados en los capítulos 72 y 73 de la Tarifa de Importación. Para obtener el aviso, se requiere un certificado de molino o calidad, el Registro Único de Personas Acreditadas (RUPA), entre otros documentos. Estos avisos aplican a las importaciones definitivas y ofrecen facilidades como renovaciones y flexibilidad en las fracciones arancelarias. Cumplir con el trámite garantiza legalidad y una buena reputación fiscal.
Solicitante: Representante legal.
Plazo de respuesta: 2 Días Hábiles de respuesta
Vigencia: 4 meses
Aplicación: Se aplican a las importaciones definitivas que se registren en las 113 fracciones arancelarias seleccionadas, contenidas en los capítulos 72 y 73 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE)
Para realizar este trámite, debes proporcionar la siguiente información y Documental:
- Certificado de molino o de calidad para las mercancías (Ambos expedidos por el producto o fabricante)
1.1- Certificado de molino para las mercancías que se clasifican en las fracciones arancelarias comprendidas en las partidas 7207 a la 7304.
1.2- Copia del Certificado de calidad para las mercancías que se clasifican en las fracciones arancelarias comprendidas en las partidas 7202 y de la 7305 a la 7317
Nota: En el caso de máquinas, de funcionamiento eléctrico, electrónico, mecánico o combinación de ellos, a través de los cuales se realicen sorteos con número o símbolos, que están sujetos al azar:- Copia de la factura comercial que ampare la mercancía a importar.
- Número de registro único de personas acreditadas (RUPA)
3.1.- Registro Único de Personas Acreditadas (RUPA) expedido por la Secretaría de la Función Pública
- Acta constitutiva (más reciente)
- Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
- Poder notarial, más reciente del Representante Legal
Beneficios:
- Vigencia de un año: El aviso automático tiene una vigencia de un año, con la posibilidad de solicitar renovaciones.
- Flexibilidad: Una vez obtenido el RIPS, las empresas pueden solicitar la autorización de otros avisos automáticos para mercancías clasificadas en fracciones arancelarias que no fueron objeto de la solicitud de inscripción correspondiente.
- Cumplimiento de obligaciones fiscales: Al estar inscrito en el RIPS, las empresas deben cumplir permanentemente con los requisitos y obligaciones establecidas, lo que ayuda a mantener una buena reputación y evitar problemas legales
Fundamento Legal: El Capítulo 2.2 “Permisos Previos y Avisos Automáticos” de las Reglas y Criterios Generales en Materia de Comercio Exterior.
Artículo 2.2.1: Establece los requisitos para obtener permisos previos y avisos automáticos.
Artículo 2.2.2: Define el procedimiento para solicitar permisos previos y avisos automáticos.
Artículo 2.2.5: Establece la vigencia y renovación de permisos previos y avisos automáticos.
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