Problemática archivos de respuesta CitiBanamex- PECE

0.B8
G-0286/2019
México D.F., a 3 de Diciembre de 2019

Problemática archivos de respuesta CitiBanamex- PECE

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

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Derivado de la entrada en vigor el pasado 25 de Noviembre del 2019 del pago de contribuciones a través del Pago Electrónico de Comercio Exterior (PECE), se han presentado problemas con los pedimentos pagados a través de CitiBanamex, desde dicha fecha y hasta el día de hoy, como se ha venido informando puntualmente a nuestros usuarios mediante diversos comunicados vía correo electrónico (IT Servicios).

Al respecto, se ha detectado y reportado un error constante en el procesamiento de archivos de la entidad bancaria CitiBanamex al recibir en el archivo de respuesta el error 104 – Línea de Captura ya pagada por el banco que intenta pagarla nuevamente y el error 40 de validación – sin descripción específica, que está vinculado con el 104 de PECE

Esta situación se le ha informado diariamente a dicha entidad bancaria, proporcionando el detalle de archivo, pedimento, patente, aduana y línea de captura que han presentado el error, sin embargo, CitiBanamex no proporciona tiempo de solución para la entrega de los archivos de respuesta.

Por lo anterior, con la finalidad de apoyar a nuestros usuarios para darle continuidad a su operación, se gestionó con la autoridad un esquema que les permitiera realizar el despacho de sus embarques en aquellos casos en los cuales el pedimento tuviera el status de pagado en SOIA, aunque no se hubiera obtenido el archivo de respuesta por parte de la institución bancaria, mediante la generación del DODA, como se contempla en el Boletín P044, de fecha 28 de noviembre.

En CAAAREM somos conscientes de la inquietud de nuestros usuarios ya que tienen archivos de respuesta pendientes desde la semana pasada y de la incertidumbre que esta situación puede generar, por lo que se hacen las siguientes consideraciones.

Respecto a las operaciones que ya se han despachado conforme al boletín mencionado, al haber transmitido el pedimento a través del sistema electrónico aduanero de conformidad con los artículo 6, 36 y 36 A de la Ley Aduanera y al ser presentado en dispositivo tecnológico junto con las mercancías al mecanismo de selección automatizada, se consideran cumplidas las formalidades para la entrada o salida de mercancía en territorio nacional, toda vez que se generó y transmitió la declaración referente al cumplimiento de los ordenamientos que gravan y regulan la entrada o salida de mercancías del territorio nacional.

Ahora bien, para efectos de dar cumplimiento la obligación de formar un expediente electrónico de cada pedimento prevista en el artículo 162 fracción VII de la Ley Aduanera, es necesario que una vez que cuenten con el acuse, se conserve junto con el documento transmitido y los anexos en el expediente electrónico correspondiente.

Por cuanto a la operación del Agente Aduanal, el Boletín P044 continúa vigente en tanto la situación con la institución bancaria no se solvente totalmente, por lo que pueden seguir operando con este esquema y realizar los procesos administrativos con sus clientes con la información contemplada en el pedimento.

No omitimos recalcar que continuamos con las gestiones con la autoridad y la entidad bancaria en busca de la resolución satisfactoria de la incidencia y de la recepción de las respuestas pendientes, pero se les solicita a nuestros usuarios tomen las precauciones que consideren pertinentes para la continuidad de sus operaciones ya que al día de hoy persiste el error 104 con CitiBanamex.

Cualquier avance en relación al tema se hará de su conocimiento.

ATENTAMENTE
RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA